¿Se puede prorrogar la excedencia?
Un trabajador quiere prorrogar su excedencia voluntaria, ahora que está a punto de finalizar…
Para que un trabajador pueda disfrutar de una excedencia voluntaria, es preciso que tenga al menos un año de antigüedad en la empresa. En este sentido:
- La duración de la excedencia ha de ser de entre cuatro meses y cinco años.
- El trabajador sólo puede volver a ejercer este derecho cuando hayan transcurrido cuatro años desde el final de la excedencia anterior.
- Durante la excedencia, el contrato está suspendido y el trabajador sólo conserva un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría.
Pues bien, si un empleado solicitó una excedencia voluntaria y poco antes de que ésta termine ha pedido una prórroga, la empresa puede negarse (a no ser que su convenio colectivo prevea expresamente ese derecho a prórroga). El derecho de la empresa a organizarse tiene preferencia sobre una posible solicitud de prórroga del trabajador.
Una vez concedido el permiso, el trabajador no puede alterarlo unilateralmente ni exigir su ampliación. A estos efectos:
- La empresa, tras aprobar la excedencia por el período solicitado, tiene derecho a organizarse en función de ese tiempo y de sus propios intereses. Ese derecho no se cumpliría si tuviera que aceptar variaciones posteriores decididas unilateralmente por el trabajador.
- Además, permitir una prórroga sería, en la práctica, conceder una nueva excedencia encubierta. Y ello es incompatible con la ley, puesto que se exige un mínimo de cuatro años entre el final de una excedencia y el inicio de otra.
Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre excedencias.
CONTENIDO RELACIONADO
-
Calendario laboral
Las empresas deben exponer el calendario laboral en un lugar visible del centro de trabajo o publicarlo en la intranet de la empresa.
-
Reconocimiento médico fuera de la jornada
Si el reconocimiento médico no se realizase dentro de la jornada, ¿sería obligatorio para el trabajador?
-
Se puede vigilar al representante con un detective
Las empresas pueden contratar un detective privado para investigar el correcto uso del crédito horario de los representantes de los trabajadores.

Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.